UNGRD: libertad provisional para Iván Name y Andrés Calle tras 12 meses
By Camila Veratt

UNGRD: libertad provisional para Iván Name y Andrés Calle tras 12 meses

La libertad provisional de Iván Name y Andrés Calle fue concedida por la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia el viernes 9 de octubre de 2026. Los expresidentes del Senado y de la Cámara de Representantes continúan procesados por su presunta participación en el escándalo de corrupción de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, UNGRD.

La decisión responde al vencimiento del plazo legal contado desde que quedó en firme la resolución de acusación. Según explicó el alto tribunal, transcurrieron 12 meses sin que culminara la audiencia de juzgamiento.

Antes de hacer efectiva la libertad provisional, ambos deben cumplir las condiciones judiciales establecidas. La Corte exigió constituir una garantía económica y suscribir un acta de compromiso ante la Sala.

Por qué la Corte concedió la libertad provisional

La resolución de acusación quedó en firme el 7 de octubre de 2025. Aunque el término inicial contemplado para esta causal era de seis meses, en este expediente se duplicó porque se decretaron pruebas en el exterior.

El plazo de 12 meses se cumplió el 7 de octubre de 2026. Dos días después, la Sala resolvió las solicitudes presentadas por las defensas y reconoció que se configuraba la causal para otorgar la libertad provisional.

El auto también precisa que todavía se adelantaba la práctica de pruebas decretadas a favor de las defensas y del Ministerio Público. La Corte no atribuyó la demora a maniobras injustificadas de los procesados o sus abogados.

Escultura de la Justicia en una imagen institucional de la Corte Suprema.
La Sala Especial de Primera Instancia concedió el beneficio por vencimiento de términos. Imagen de referencia.

Qué requisitos deben cumplir Name y Calle

La libertad provisional está condicionada al pago de una caución equivalente a 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes por cada procesado, además de la firma del compromiso judicial correspondiente.

El acta incluye obligaciones relacionadas con su comparecencia ante la justicia y el suministro de información sobre su ubicación. La decisión contempla, además, verificar que no existan requerimientos pendientes de otras autoridades que impidan la salida del establecimiento penitenciario.

Por eso, la orden judicial debe distinguirse de la confirmación de una excarcelación efectiva. Las fuentes consultadas describen el beneficio y sus requisitos, pero no permiten asegurar aquí que ambos hayan cumplido todos los trámites y abandonado La Picota.

La caución tampoco equivale a una sanción por los hechos investigados: forma parte de las condiciones fijadas para acceder al beneficio mientras continúa el proceso. lafm.com.co

Los señalamientos del caso UNGRD

La acusación sostiene que los entonces presidentes del Congreso habrían recibido dinero para favorecer el trámite de iniciativas del Gobierno, especialmente las reformas pensional y de salud.

Según esa hipótesis, $3.000 millones habrían sido destinados a Iván Name y $1.000 millones a Andrés Calle. Las autoridades investigan la presunta canalización de esos recursos mediante personas vinculadas al entramado de corrupción de la UNGRD.

Los hechos involucran, entre otros, los relatos sobre la actuación de Olmedo López y Sneyder Pinilla, antiguos directivos de la entidad. La investigación relaciona el origen de los recursos con irregularidades alrededor del contrato de carrotanques destinados a La Guajira.

Estos señalamientos forman parte del proceso y deberán ser evaluados judicialmente. La decisión sobre libertad provisional no determina que los presuntos pagos hayan ocurrido ni establece responsabilidad penal de los acusados. 

El proceso judicial continúa

La libertad provisional modifica las condiciones en las que los excongresistas enfrentan el expediente. Ambos siguen vinculados a la actuación penal y deberán atender los requerimientos de la justicia.

La discusión resuelta por la Corte se concentró en los plazos de la detención preventiva. La valoración de las pruebas y la determinación de responsabilidad corresponden al desarrollo del proceso.

El seguimiento del caso deberá precisar el cumplimiento de las condiciones impuestas, las próximas actuaciones judiciales y las decisiones que adopte la Sala. Hasta entonces, los señalamientos deben mantenerse atribuidos a la acusación y ambos conservan la presunción de inocencia. 

Lea también: Olmedo López y Sneyder Pinilla: los dos van a La Picota.

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  • 11/10/2026

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