Aníbal Gaviria: Corte Suprema lo absuelve de 2 delitos por la Troncal de la Paz
Aníbal Gaviria fue absuelto por la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia en el proceso por la contratación de obras de la Troncal de la Paz. La sentencia, fechada el 7 de octubre de 2026 y divulgada este viernes 9, todavía puede ser apelada.
El exgobernador de Antioquia enfrentaba acusaciones por contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación en favor de terceros. Tras examinar el expediente, el tribunal concluyó que no se demostró su responsabilidad penal por las conductas investigadas.
La decisión corresponde a hechos de su primera administración departamental, entre 2004 y 2007. El caso tuvo repercusiones durante su segundo periodo como gobernador, cuando fue privado de la libertad y debió apartarse temporalmente del cargo.
¿Qué investigaban en el proceso contra Aníbal Gaviria?
El expediente se originó en el contrato celebrado el 22 de diciembre de 2005 entre la Gobernación y el Consorcio Troncal de la Paz para mejorar y pavimentar el tramo La Cruzada–Caucasia, sector Nuevo Oriente–Escarralao.
El negocio tenía un valor inicial de $41.663 millones, que llegó a aproximadamente $61.993 millones después de las modificaciones contractuales. Las obras estaban relacionadas con la conexión vial entre el Nordeste y el Bajo Cauca antioqueño.
La Fiscalía cuestionó el aumento del anticipo del 25 % al 29 %, una adición para incorporar segmentos de pavimentación y la inclusión del diseño y construcción de un puente sobre el río Nechí, en Palizadas. También investigó una presunta apropiación de $5.220 millones del anticipo.
Estas fueron las acusaciones examinadas durante el juicio. La sentencia resolvió que no había fundamento para condenar a Aníbal Gaviria por los delitos atribuidos.
Las razones de la absolución a Aníbal Gaviria
La Corte consideró que cambiar el porcentaje del anticipo no configuró el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales. Según su explicación, esa condición podía modificarse y no se acreditó la vulneración de requisitos esenciales.
Respecto de la adición que incorporó nuevos tramos y mayores cantidades de obra, encontró que existían justificaciones y una relación con el proyecto original.
Frente al peculado, la Sala no encontró acreditada una apropiación efectiva de recursos ni un beneficio ilícito atribuible a Aníbal Gaviria. También indicó que el anticipo fue amortizado durante la ejecución contractual.

¿Qué ocurrió con el puente sobre el río Nechí?
El análisis del puente tuvo una conclusión diferente: la Corte estableció que incluir su diseño y construcción excedía el objeto inicial del contrato y exigía un procedimiento de selección independiente.
Sin embargo, no demostró que Aníbal Gaviria conociera las irregularidades, hubiera impartido instrucciones para realizarlas o desatendido deliberadamente sus obligaciones de vigilancia.
La contratación estaba delegada en la Secretaría de Infraestructura. El tribunal precisó que delegar no elimina los deberes de dirección y seguimiento, pero tampoco permite atribuir automáticamente responsabilidad penal por las actuaciones de los funcionarios delegados.
Esta distinción explica el resultado: identificar una irregularidad en una actuación contractual no bastó para establecer la responsabilidad individual del exmandatario.
Un proceso que afectó su segundo mandato
La investigación por la Troncal de la Paz alcanzó amplia atención pública cuando Aníbal Gaviria ejercía nuevamente como gobernador de Antioquia.
El proceso derivó en restricciones a su libertad y en su separación temporal del cargo. Posteriormente recuperó la libertad y terminó su administración. Por eso, la absolución constituye un avance sustancial en un expediente que acompañó buena parte de su segundo mandato.
El pronunciamiento se refiere a los cargos estudiados en este caso concreto y su alcance debe leerse junto con las condiciones establecidas en la sentencia.
¿La decisión ya es definitiva?
El fallo es de primera instancia y admite apelación ante la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema. Así lo señala expresamente la parte resolutiva de la sentencia SEP 135-2026.
El documento también ordena cancelar las anotaciones emitidas contra Aníbal Gaviria con ocasión de este proceso una vez quede en firme la decisión. Por tanto, esa cancelación no debe presentarse como un trámite ya ejecutado.
En las fuentes consultadas no se encontró confirmación de que se hubiera presentado una apelación ni de que la sentencia estuviera ejecutoriada. El siguiente paso del seguimiento será establecer si alguna de las partes recurre el fallo.
Lea también: JEP absolvió a Javier Cadavid, comerciante antioqueño que pasó 12 años y cuatro meses preso.
Fuentes